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TU BLOG DE FORMACIÓN BONIFICADA

4 PUNTOS CLAVE PARA UNA CORRECTA INFORMACIÓN A la representación legal de los trabajadores

3/8/2020

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Cuando trabajamos con la formación programada por las empresas tenemos que tener la normativa muy clara así como los puntos clave que nos eviten conflictos. Debemos evitar desviaciones operativas que nos deriven en situaciones de riesgo, que den lugar a infracciones y sanciones por parte del órgano competente.
 
Cuando queremos bonificar la formación de nuestros trabajadores uno de los trámites que nos encontramos es con la obligatoriedad de informar a la Representación Legal de los Trabajadores.
 
En este artículo os voy a contar que tenemos que saber a cerca de la RLT, algunas claves y consejos para facilitaros vuestra labor en cuanto a la formación programada por las empresas, también conocida como formación continua o formación bonificada.
 
En primer lugar cabe destacar la importancia que tiene que el departamento de formación conozca perfectamente la estructura de representación legal de los trabajadores de la empresa y el mapa de distribución y con conocimiento del grado de colaboración. Es clave para la identificación y resolución de conflictos así como en las correctas respuestas  de requerimientos de la administración.
  
1.     DERECHOS Y OBLIGACIONES
 
Tenemos la obligación de informar de TODAS las acciones formativas a ejecutar, SEAN BONIFICABLES O NO BONIFICABLES, con antelación a su ejecución a la Representación legal de los Trabajadores.
La diferencia es que en el caso de incumplimiento de las bonificables, la empresa perderá el derecho al mantenimiento de las bonificaciones practicadas.
Los órganos de representación unitaria tienen derecho a ser informados y consultados por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores.
 
 2.     QUIEN DISEÑA
 
Según el artículo 9.2. de la ley 30/2015 de 9 de septiembre dice que las empresas desarrollarán sus acciones formativas con la flexibilidad necesaria en sus contenidos y en cuanto al momento de su impartición para atender necesidades formativas de manera ágil y ajustar las competencias de sus trabajadores a los requerimientos cambiantes.
 
Es decir, es la empresa quien diseña, como y en que trabajadores lo gasta. Además las empresas podrán formar al número de trabajadores que consideren oportuno.(art. 16.1 del RD 694/2017 )
  
3.     COMO SE INFORMA
  
Hay que Acreditar que se ha informado correctamente a todos en tiempo y forma.
 
FORMA (procedimiento):
 
La empresa entregará un INFORME de la formación a ejecutar y la confirmación del informe dependerá de la forma en que las empresas diseñen sus acciones formativas.
 
El INFORME se realizará por EMPRESA Y CIF no por área de actividad, centro de trabajo, etc.
 
En el INFORME constará la información sobe TODA la formación que se ha diseñado, independientemente de que se ejecute o no a través de la iniciativa de la formación programada por las empresas.
Podemos informar por acción puntual o por plan formativo anual, la empresa decide lo que más le conviene.
 
TIEMPO:
 
La empresa tendrá que informar con suficiente tiempo de antelación al inicio de la ejecución de la formación  según la normativa (RD 694/2017).
 
Lo normal es  hacerlo con 15 días naturales de antelación para acciones puntuales así como 30 días antes al inicio de la ejecución de un Plan de formación .
 
La RLT debe emitir informe en un plazo de 15 días desde la recepción del informe. Transcurrido ese período sin que se hubiera remitido el citado informe se entenderá cumplido el trámite.
 
Si surgieran discrepancias entre la empresa y la RLT se deberán aclarar en un plazo de 15 días contados desde la recepción por la empresa del informe de la RLT, debe quedar constancia escrita del resultado.
 
OJO !! El plazo comienza a contar a partir de la fecha de acreditación de la entrega del informe al último de los representantes que hayamos informado.
 
CONSEJO: llevar un  registro de entrega, recepción de cada centro de trabajo junto con su acreditación.
 
Es importante No olvidar que para dar de alta a la acción formativa en el aplicativo hay que indicar si hemos informado  a la RLT
 
a)  si se marca que NO, se incidentará
b) si se marca que SÍ hemos informado, tenemos que tener el justificante que lo acredite (recibí firmado, mail con comprobante, etc.)
c)  si marcamos FAVORABLE tenemos que tener el informe.
d) si marcamos discrepancias tendremos que introducir la fecha de las discrepancias y contaremos con 15 días para resolverlas y luego 10 días para enviar el acta de discrepancias. ( esto para otro artículo)
 
4.     A QUIÉN SE INFORMA, ACREDITACIÓN
 
Se emitirá informe por cada centro de trabajo con RLT, debiendo incorporar firma de la RLT suficientemente acreditada (con independencia del centro en el que se desarrolle la formación) o dicho de otro modo, cuando en un centro hay trabajadores de distintas sociedades de un grupo empresarial, representados o no por el mismo comité de empresa o delegados, hay que acreditar con INFORME INDEPENDIENTE para cada empresa.
 
Hay que acreditar la entrega al presidente o secretario, salvo que en el reglamento interno se estipule otra cosa.
 
Existen varias vías para entregar un informe, fax, burofax, carta certificada, mail, recibí firmado, etc. yo os aconsejo,
             1. Recibí firmado del informe entregado
             2. Comunicación en presencia de dos testigos
        3. e- mail validado con comprobante de lectura siempre que la RLT lo considere como elemento probatorio aceptado de comunicación entre empresa y RLT
Recuerda que es Obligatorio tener dicho informe firmado por quien corresponda.
 
TIPOS DE ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES a los que tenemos que informar:

  1. Órganos de representación unitaria
  • Comités
  • Delegados de personal
    (Representan al 100 % de los trabajadores)

    2. Órganos de representación sindicales
  • Secciones sindicales
  • Delegados sindicales
(Sólo representan a sus afiliados. No tenemos que acreditar la entrega del informe aunque tienen derecho a ser informados si lo solicitan).
 
    3. Comisión mixta de formación
 
IMPORTANTE, no olvides:
 
1.     CONOCER  la estructura de la RLT
2.    PLANIFICAR el momento de entrega del informe del plan de formación así como la estrategia de seguimiento de posibles incidencias.
3.     Ser ESTRICTOS en plazos y forma
4.    CONTESTAR siempre y por escrito todas las posibles respuestas no favorables (incluidos los que no tengan potestad)
5.     Dejar constancia de las negociaciones o intentos en caso de discrepancias.
6.     NORMATIVA
 
 Os dejo la estructura del procedimiento a seguir en la información a la RLT y así evitar generar conflictos
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En el próximo post explicaré como hacer un buen informe a la RLT para evitar incidencias que deriven en sanciones y/o infracciones.

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