Cómo ya dije en el post anterior “4 claves para informar correctamente a la RLT”, cuando trabajamos con la formación programada por las empresas tenemos que tener la normativa muy clara así como los puntos clave que nos eviten conflictos. Debemos evitar desviaciones operativas que nos deriven en situaciones de riesgo, que den lugar a infracciones y sanciones por parte del órgano competente.
En este artículo os cuento como hacer el informe de formación para presentar a la Representación legal de los trabajadores y EVITAR INCIDENCIAS que deriven en conflictos con la RLT así como en sanciones y/o infracciones. Que debe incluir y algunos consejos para evitar incidencias. a) Descripción de las acciones formativas Es imprescindible que la información de la denominación, modalidad, duración, objetivos, contenidos que se informe a la RLT (representación legal de los trabajadores) deba coincidir exactamente con lo que se comunique en FUNDAE. b) Colectivos destinatarios y número de participantes En este apartado hay que indicar por cada acción formativa, aquella información que permita identificar a qué tipo de empleados, centros de trabajo, categorías, áreas, puestos…. Va dirigida la formación en bases a las necesidades detectadas. Un consejo, que la información sea concreta pero no demasiado. Es aconsejable planificar acciones formativas para todos los posibles colectivos existentes en la empresa, en función de su grado de representación. En cuanto al nº de participantes hay que tener en cuenta: - El presupuesto que tenemos - El nº de personas que tenemos en los colectivos que hemos definido - La existencia de requerimientos legales. c) Calendario previsto de ejecución de los grupos formativos Tratar de estimar unas fechas, al menos de “mes previsto” de ejecución de cada uno de los grupos formativos. Si tenemos formación permanente también se justifica aquí. d) Medios pedagógicos que se van a utilizar en el desarrollo Aquí describimos los soportes físicos que vamos a utilizar durante el proceso de enseñanza aprendizaje (dispositivas, pizarra, videos, grabaciones, etc) Importante tener en cuenta la modalidad de ejecución, la materia a impartir si es teórica o práctica, contenidos. Ejem. Aula con pizarra y vídeos en un curso de prácticas de RCP. Deberíamos incluir el material necesario para dicha práctica, muñeco, etc. e) Criterios de selección de los participantes En un punto muy importante del informe ya que debe reflejar como se va a discriminar a qué personas, de entre todas las que solicitan una formación. Hay que tener en cuenta: - Si la formación tiene restricciones de acceso legales se debe reflejar. - Los criterios No pueden ser subjetivos - La formación es un derecho por lo tanto se debe respetar la igualdad de oportunidades de acceso a todos los empleados del mismo colectivo. Ojo!!. No confundir esta información con el punto b) f) Lugar previsto de impartición de las acciones formativas Cuando la empresa tiene una sola ubicación no tiene tanta relevancia este punto, sin embargo si la empresa cuenta con múltiples centros de trabajo, la formación ha de distribuirse equitativamente entre los diferentes centros de trabajo, en función de los colectivos destinatarios existentes y el peso proporcional en trabajadores de cada uno de ellos. Importante definir ubicación, mínimo a nivel de provincia si no se puede concretar más y / o localidad. Si tenemos todos los datos concretos como el aula exacta mejor. g) Balance de la formación desarrollada en el año anterior. La normativa no establece que debe contener este balance pero yo os recomiendo lo siguiente: El contenido debe permitir que la RLT pueda comprobar la planificación formativa del año anterior, indicando las que se ejecutaron a través de la iniciativa de la formación programada por las empresas por tanto; Debe incluir: - Información de acciones y grupos ejecutados por centro de trabajo, categorías, puestos de trabajo….. (NO hace falta indicar créditos, ni costes, ni proveedores) - NÚMERO (no datos personales) de trabajadores convocados, formados, bonificados, aptos, por colectivo, acción, sexo, rango de edad, para que se puedan calcular ratios. - Resultados de los cuestionarios de evaluación. NOTA: Si hemos entregado el informe de un PLAN ANUAL, los informes de acciones sobrevenidas no tienen que incluir de nuevo el balance. Si te ha gustado o quieres unirte a la conversación, te ha parecido útil o crees que puede interesarle a alguien te invito a que compartas.
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Cuando trabajamos con la formación programada por las empresas tenemos que tener la normativa muy clara así como los puntos clave que nos eviten conflictos. Debemos evitar desviaciones operativas que nos deriven en situaciones de riesgo, que den lugar a infracciones y sanciones por parte del órgano competente. Cuando queremos bonificar la formación de nuestros trabajadores uno de los trámites que nos encontramos es con la obligatoriedad de informar a la Representación Legal de los Trabajadores. En este artículo os voy a contar que tenemos que saber a cerca de la RLT, algunas claves y consejos para facilitaros vuestra labor en cuanto a la formación programada por las empresas, también conocida como formación continua o formación bonificada. En primer lugar cabe destacar la importancia que tiene que el departamento de formación conozca perfectamente la estructura de representación legal de los trabajadores de la empresa y el mapa de distribución y con conocimiento del grado de colaboración. Es clave para la identificación y resolución de conflictos así como en las correctas respuestas de requerimientos de la administración. 1. DERECHOS Y OBLIGACIONES Tenemos la obligación de informar de TODAS las acciones formativas a ejecutar, SEAN BONIFICABLES O NO BONIFICABLES, con antelación a su ejecución a la Representación legal de los Trabajadores. La diferencia es que en el caso de incumplimiento de las bonificables, la empresa perderá el derecho al mantenimiento de las bonificaciones practicadas. Los órganos de representación unitaria tienen derecho a ser informados y consultados por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores. 2. QUIEN DISEÑA Según el artículo 9.2. de la ley 30/2015 de 9 de septiembre dice que las empresas desarrollarán sus acciones formativas con la flexibilidad necesaria en sus contenidos y en cuanto al momento de su impartición para atender necesidades formativas de manera ágil y ajustar las competencias de sus trabajadores a los requerimientos cambiantes. Es decir, es la empresa quien diseña, como y en que trabajadores lo gasta. Además las empresas podrán formar al número de trabajadores que consideren oportuno.(art. 16.1 del RD 694/2017 ) 3. COMO SE INFORMA Hay que Acreditar que se ha informado correctamente a todos en tiempo y forma. FORMA (procedimiento): La empresa entregará un INFORME de la formación a ejecutar y la confirmación del informe dependerá de la forma en que las empresas diseñen sus acciones formativas. El INFORME se realizará por EMPRESA Y CIF no por área de actividad, centro de trabajo, etc. En el INFORME constará la información sobe TODA la formación que se ha diseñado, independientemente de que se ejecute o no a través de la iniciativa de la formación programada por las empresas. Podemos informar por acción puntual o por plan formativo anual, la empresa decide lo que más le conviene. TIEMPO: La empresa tendrá que informar con suficiente tiempo de antelación al inicio de la ejecución de la formación según la normativa (RD 694/2017). Lo normal es hacerlo con 15 días naturales de antelación para acciones puntuales así como 30 días antes al inicio de la ejecución de un Plan de formación . La RLT debe emitir informe en un plazo de 15 días desde la recepción del informe. Transcurrido ese período sin que se hubiera remitido el citado informe se entenderá cumplido el trámite. Si surgieran discrepancias entre la empresa y la RLT se deberán aclarar en un plazo de 15 días contados desde la recepción por la empresa del informe de la RLT, debe quedar constancia escrita del resultado. OJO !! El plazo comienza a contar a partir de la fecha de acreditación de la entrega del informe al último de los representantes que hayamos informado. CONSEJO: llevar un registro de entrega, recepción de cada centro de trabajo junto con su acreditación. Es importante No olvidar que para dar de alta a la acción formativa en el aplicativo hay que indicar si hemos informado a la RLT a) si se marca que NO, se incidentará b) si se marca que SÍ hemos informado, tenemos que tener el justificante que lo acredite (recibí firmado, mail con comprobante, etc.) c) si marcamos FAVORABLE tenemos que tener el informe. d) si marcamos discrepancias tendremos que introducir la fecha de las discrepancias y contaremos con 15 días para resolverlas y luego 10 días para enviar el acta de discrepancias. ( esto para otro artículo) 4. A QUIÉN SE INFORMA, ACREDITACIÓN Se emitirá informe por cada centro de trabajo con RLT, debiendo incorporar firma de la RLT suficientemente acreditada (con independencia del centro en el que se desarrolle la formación) o dicho de otro modo, cuando en un centro hay trabajadores de distintas sociedades de un grupo empresarial, representados o no por el mismo comité de empresa o delegados, hay que acreditar con INFORME INDEPENDIENTE para cada empresa. Hay que acreditar la entrega al presidente o secretario, salvo que en el reglamento interno se estipule otra cosa. Existen varias vías para entregar un informe, fax, burofax, carta certificada, mail, recibí firmado, etc. yo os aconsejo, 1. Recibí firmado del informe entregado 2. Comunicación en presencia de dos testigos 3. e- mail validado con comprobante de lectura siempre que la RLT lo considere como elemento probatorio aceptado de comunicación entre empresa y RLT Recuerda que es Obligatorio tener dicho informe firmado por quien corresponda. TIPOS DE ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES a los que tenemos que informar:
2. Órganos de representación sindicales
3. Comisión mixta de formación IMPORTANTE, no olvides: 1. CONOCER la estructura de la RLT 2. PLANIFICAR el momento de entrega del informe del plan de formación así como la estrategia de seguimiento de posibles incidencias. 3. Ser ESTRICTOS en plazos y forma 4. CONTESTAR siempre y por escrito todas las posibles respuestas no favorables (incluidos los que no tengan potestad) 5. Dejar constancia de las negociaciones o intentos en caso de discrepancias. 6. NORMATIVA Os dejo la estructura del procedimiento a seguir en la información a la RLT y así evitar generar conflictos En el próximo post explicaré como hacer un buen informe a la RLT para evitar incidencias que deriven en sanciones y/o infracciones.
Si te ha gustado o quieres unirte a la conversación, te ha parecido útil o crees que puede interesarle a alguien te invito a que compartas. La llegada del Estado de Alarma por la emergencia sanitaria del COVID-19, dio lugar a muchos cambios drásticos en nuestras vidas, en nuestro día a día, en nuestros trabajos y en la manera de formarnos. Todo esto ha sido un gran reto enorme pero vamos avanzando y vamos llegando a la nueva normalidad. Para llegar a esa normalidad, el Sepe ha publicado la resolución de 1 de junio de 2020 con el objetivo de establecer las medidas encaminadas a la recuperación de la actividad formativa presencial en el ámbito de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, suspendida como consecuencia de las medidas de contención adaptadas frente al covid- 19 (tenéis enlace mas abajo). Ya se que todos estamos esperando volver a la normalidad lo antes posible pero debemos ser cautos y seguir las normas. En cuanto a estas nuevas indicaciones de la Resolución de 1 de junio de 2020 en materia de formación profesional para el empleo cabe destacar lo siguiente en cuanto a la formación programada por las empresas: RECUPERACIÓN: DENTRO DE LA FASE 2 SE PERMITE RETOMAR ASIMISMO LA ACTIVIDAD FORMATIVA PRESENCIAL QUE IMPARTEN A SUS TRABAJADORES . Las empresas que retomen su actividad laboral de acuerdo a las nuevas normas aprobadas por el Ministerio de Sanidad (orden SNSD/440/2020 de 23 de mayo, orden SND/414/2020 de 16 de mayo y orden SND/399/2020 de 9 de mayo ) y que impartan formación directamente o mediante entidades externas a sus propias personas trabajadores en sus propias instalaciones, podrán impartir de manera presencial dicha formación siempre que sea necesaria para la continuidad de sus procesos productivos, debiendo respetarse en todo caso las medidas de higiene y prevención. COMUNICACIONES: Para aquellas formaciones en modalidad presencial que se hubieran suspendido a causa del estado de alarma deberán: A) Comunicar en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de la resolución de 1 de junio de 2020: - nuevas fechas - calendario, horario Debiendo completarse el total de las horas de la acción formativa comunicada. B) Las comunicaciones de inicio de la formación y la información relativa a cada acción formativa y grupo podrá realizarse hasta dos días antes del comienzo del grupo. Para aquellos que quieran ampliar información, os dejo el enlace a la resolución un poquito más abajo. Espero os haya sido útil.
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Hola soy Ana Belén y quiero contaros el motivo de mi blog. He dedicado parte de mi vida profesional a gestionar formación programada (formación contínua o bonificada) para las empresas así como a gestionar formación privada y subvencionada. En todo ese tiempo, lo que más me frustró fue la falta de información “buena” para gestionar bien la formación bonificada. Durante un tiempo, estuve enfada con la formación bonificada, me parecía una auténtica locura bonificar la formación de las empresas. Hubo muchas cosas que se hicieron mal en este sector lo cual dio lugar a cambios normativos que originaron si cabe más incertidumbre y todo fue una locura para aquellos que tratábamos de trabajar bien. Una época en la que muchos nos encontrábamos en un mar de dudas por la falta de información, por las dudas que los propios organismos de los que depende la formación programada, antigua formación contínua (bonificada) infundían al no dejar claras las normativas entre otras cuestiones y eso ligado a las posibles sanciones daba lugar a tener miedo de avanzar. Me aterraba pensar ¿y si no estoy haciendo bien las cosas? ¿cómo evitar desviaciones de procesos y sanciones? ¿cómo estar al día en cuanto a la formación bonificada? etc... Me costó tiempo y esfuerzo encontrar respuestas a estas preguntas, formarme mejor, investigar, avanzar, especializarme ….Pues estas fueron algunos de los detonantes que me llevaron a crear ANAPA.es y este blog. La necesidad de ayudar a otros a gestionar bien la formación programada de su empresa, de evitar que tengan desviaciones en sus procesos que le lleven a infracciones / sanciones, que sean operativos, que dediquen sus recursos a lo que realmente necesitan sin perder el control Quiero que aprovechéis el sistema de las bonificaciones de manera segura y operativa. Que os bonifiquéis correctamente, con eficacia y sin complicaciones. A través de mi blog pretendo ofreceros información de calidad en cuanto a la formación programada, ayudaros a comprender el sistema de las bonificaciones, como gestionarlo de forma correcta. En este blog que por fín me he decidido a escribir estaré para vosotros/as, para compartir experiencias, para ayudaros en vuestro camino porque para mí “con el apoyo adecuado, el camino es mucho más facil y los resultados mejores” No lo olvides, a mí me fue bien. Nos vemos por aquí. Si te ha gustado o quieres unirte a la conversación, te ha parecido útil o crees que puede interesarle a alguien te invito a que compartas.
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