La llegada del Estado de Alarma por la emergencia sanitaria del COVID-19, dio lugar a muchos cambios drásticos en nuestras vidas, en nuestro día a día, en nuestros trabajos y en la manera de formarnos. Todo esto ha sido un gran reto enorme pero vamos avanzando y vamos llegando a la nueva normalidad. Para llegar a esa normalidad, el Sepe ha publicado la resolución de 1 de junio de 2020 con el objetivo de establecer las medidas encaminadas a la recuperación de la actividad formativa presencial en el ámbito de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, suspendida como consecuencia de las medidas de contención adaptadas frente al covid- 19 (tenéis enlace mas abajo). Ya se que todos estamos esperando volver a la normalidad lo antes posible pero debemos ser cautos y seguir las normas. En cuanto a estas nuevas indicaciones de la Resolución de 1 de junio de 2020 en materia de formación profesional para el empleo cabe destacar lo siguiente en cuanto a la formación programada por las empresas: RECUPERACIÓN: DENTRO DE LA FASE 2 SE PERMITE RETOMAR ASIMISMO LA ACTIVIDAD FORMATIVA PRESENCIAL QUE IMPARTEN A SUS TRABAJADORES . Las empresas que retomen su actividad laboral de acuerdo a las nuevas normas aprobadas por el Ministerio de Sanidad (orden SNSD/440/2020 de 23 de mayo, orden SND/414/2020 de 16 de mayo y orden SND/399/2020 de 9 de mayo ) y que impartan formación directamente o mediante entidades externas a sus propias personas trabajadores en sus propias instalaciones, podrán impartir de manera presencial dicha formación siempre que sea necesaria para la continuidad de sus procesos productivos, debiendo respetarse en todo caso las medidas de higiene y prevención. COMUNICACIONES: Para aquellas formaciones en modalidad presencial que se hubieran suspendido a causa del estado de alarma deberán: A) Comunicar en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de la resolución de 1 de junio de 2020: - nuevas fechas - calendario, horario Debiendo completarse el total de las horas de la acción formativa comunicada. B) Las comunicaciones de inicio de la formación y la información relativa a cada acción formativa y grupo podrá realizarse hasta dos días antes del comienzo del grupo. Para aquellos que quieran ampliar información, os dejo el enlace a la resolución un poquito más abajo. Espero os haya sido útil.
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